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Artículo 26 del Código Fiscal de la Federación de la Federación Art. 26 …
2025年3月23日 · Artículo 26. Son responsables solidarios con los contribuyentes: I. Los retenedores y las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudar contribuciones a cargo de los contribuyentes, hasta por el monto de dichas contribuciones. II.
Código Fiscal de la Federación - Camara de Diputados
26. LEY que modifica al Código Fiscal de la Federación y a las leyes del Impuesto sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado, Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos y Federal de Derechos. | DOF 29-12-1997 | Word | Imagen | 25
ARTÍCULO 26: Son responsables solidarios con los contribuyentes:
I. Los retenedores y las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudar contribuciones a cargo de los contribuyentes, hasta por el monto de dichas contribuciones. II. Las personas que estén obligadas a efectuar pagos provisionales por cuenta del contribuyente, hasta por el monto de estos pagos. III.
Cámara de Diputados
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Art. 26 Código Fiscal de la Federación Artículo 26 - Juristas.MX
Artículo 26 Son responsables solidarios con los contribuyentes: I. Los retenedores y las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudar contribuciones a cargo de los contribuyentes, hasta por el monto de dichas contribuciones.
Código Fiscal de la Federación (CFF) | Justia México
El Código Fiscal de la Federación regula la obligación que tienen las personas físicas y morales de contribuir al gasto público en México. La contribución tiene su fundamento en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Código Fiscal de la Federación - Justia
Artículo 26 Son responsables solidarios con los contribuyentes: I. Los retenedores y las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudar contribuciones a cargo de los contribuyentes, hasta por el monto de dichas contribuciones.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 27-01-2017 3 de 274 Para efectos del párrafo anterior, las autoridades que remitan créditos fiscales al …
Código Fiscal de la Federación | APTA CE
Artíulo 26.- Son responsables solidarios con los contribuyentes: I. Los retenedores y las personas a quienes las leyes impongan la obligación de recaudar contribuciones a cargo de los contribuyentes, hasta por el monto de dichas contribuciones.